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Volumen 14, Nº1 (2018)

La Interrupción Legal del Embarazo (ILE) como una estrategia de la reducción de la Mortalidad Materna

MoralesAUTORES: 

Dra. Malena Morales L.
Ipas - Bolivia
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Sin duda, una de las problemáticas que ha generado y genera en la sociedad enconados enfrentamientos es el estar a favor o en contra del aborto; probablemente, debido a posiciones basadas en conceptos religiosos, morales, éticos y de otra índole. A lo largo de la historia de la humanidad, se han registrado los distintos tratamientos con respecto al aborto, éstos se han ido modificando paulatinamente ya que, por ejemplo, en la época de grandes pensadores como Aristóteles y Platón, se lo abordaba como una forma de control poblacional manteniendo familias pequeñas, pero, sobre todo, éste era un derecho materno. Las sociedades griegas y romanas, que en la antigüedad se consideraban como las más avanzadas, legislaban que el aborto era legal y que mantenía la estabilidad social y económica de sus naciones.

En el siglo II, se comenzaron a registrar cambios de percepción radical con respecto al aborto entendiéndolo como un delito que merecía el exilio de la mujer, incluso la pena de muerte. Así se fue endureciendo el castigo contra las mujeres, no sólo desde la estigmatización del aborto, sino la penalización del mismo ya que se lo incluyó dentro de los Códigos Penales catalogándolo como un delito, cuya pena hoy en día, varía, en cuanto a los años de prisión, según cada país. Esta posición radical que adoptaron las diferentes sociedades generó un movimiento, en la década de los 60, que comenzó a luchar para acceder y ejercer los Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos como los más humanos de los derechos y, entre ellos, el acceso a un aborto legal y seguro.

Diferentes instancias mundiales, entre ellas, la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo (CIPD) en el Cairo, 1994, se ocupan del aborto como un tema central y concluyen, en el Párrafo 8.25, que: “Se insta a todos los gobiernos y a las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales pertinentes a incrementar su compromiso con la salud de la mujer, a ocuparse de los efectos que en la salud tienen los abortos realizados en condiciones no adecuadas como un importante problema de salud pública y a reducir el recurso al aborto mediante la prestación de más amplios y mejores servicios de planificación de la familia…”.

En los encuentros posteriores de la CIPD +5+10 y +15 se continuó con las siguientes manifestaciones: “En circunstancias en las que el aborto no está en contra de la ley, los sistemas de salud deben capacitar y equipar a los proveedores de servicios de salud y tomar medidas que aseguren que el aborto es seguro y accesible. Medidas adicionales deben ser tomadas para salvaguardar la salud de las mujeres” (1999 CIPD+5 Párrafo 63iii).

Otra instancia internacional que también marcó historia es el Comité Para la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer que recomendó que: “…se tomen medidas para impedir la coacción con respecto a la fecundidad y la reproducción y para que las mujeres no se vean obligadas a buscar procedimientos médicos riesgosos, como abortos ilegales por falta de servicios apropiados en materia de control de la natalidad” (Recomendación General 19, 1992) y en 1999, en su recomendación general 24, insta a los Estados a “Enmendar la legislación que castiga el aborto a fin de abolir las medidas punitivas contra las mujeres”.

En el 2013, el Consenso de Montevideo señala que: “Reafirmando que la mortalidad materna es una afrenta a los Derechos Humanos y reconociendo que las muertes maternas en su abrumadora mayoría son prevenibles, preocupados por las elevadas tasas de muertes maternas, en gran medida debidas a la dificultad para acceder a servicios adecuados de salud sexual y salud reproductiva y a la realización de abortos inseguros, y conociendo que algunas experiencias en la región muestran que la penalización del aborto provoca el incremento de la mortalidad y morbilidad maternas y no disminuye el número de abortos, todo lo cual aleja a los Estados del cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio”

En la República Argentina, el Artículo N.º 86 del Código Penal segundo párrafo establece que : ”El aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible:

Si se ha realizado con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios;

Si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para la práctica abortiva.

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La respuesta a los pactos y convenios internacionales no ha sido la esperada ya que la legislación del aborto varía de acuerdo al país, en algunos se puede acceder de manera gratuita y libre dentro del sistema de salud pública; y en otros se manda a prisión a las mujeres que practiquen un aborto inducido.

En el 2017, Chile despenalizó el aborto bajo ciertas causales, por lo tanto, son seis los países en el mundo donde el aborto está totalmente restringido: El Vaticano, Malta, República Dominicana, Nicaragua, y El Salvador.

En América Latina, sólo Cuba, Uruguay y la Ciudad de México permiten la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) sin restricción en las primeras doce semanas de embarazo, el resto de los países latinoamericanos, incluyendo a Argentina, permite la ILE bajo ciertas causales: violación, malformaciones fetales incompatibles con la vida o que ponen en riesgo la vida o la salud de la madre. Los diferentes grados de criminalización del aborto impuestos, sobre todo, por la influencia de la religión, no permiten el abordaje de esta problemática desde su real dimensión: la salud pública, cuya perspectiva, a través de convenios y tratados internacionales, afirma que la criminalización del aborto o Interrupción Legal del Embarazo (ILE) sólo promueve la clandestinidad y la inseguridad con un impacto negativo muy importante en la Mortalidad y Morbilidad Materna, obstruyendo que los sistemas de salud se ocupen del aborto desde el campo de la salud pública.

Esta conceptualización nos invita a que miremos al aborto en su real dimensión a través de tres características importantes: magnitud, riesgo y costo.

Los indicadores de Salud Reproductiva tienen relación directa con la frecuencia de los embarazos no deseados que podrían terminar en abortos inseguros tal como lo demuestra UNFPA con cifras alarmantes en su publicación Mejora de la Salud Reproductiva: “cada minuto 380 mujeres se embarazan, la mitad de ellas sin haberlo deseado ni planificado, 110 mujeres padecen complicaciones del embarazo, 100 mujeres se practican un aborto de los cuales 40 se realizan en malas condiciones, más de 350 millones de parejas carecen de acceso a métodos anticonceptivos costeables y más de 100 millones de mujeres en los países en desarrollo quieren aplazar el nacimiento de su próximo hijo”. Estas cifras se traducen en que “cada año 78.000 mujeres pierden la vida debido a abortos inseguros en casi todos los países en desarrollo”.

Otros datos proporcionados por el Instituto Guttmacher indican que en el mundo, cada año, se realizan 56 millones de abortos inducidos de los cuales el 80% se realizan en países en desarrollo, 47.000 muertes de mujeres se producen en el lapso de un año. En el cuadro siguiente se aprecia la frecuencia de la tasa de aborto:

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El riesgo de un aborto practicado bajo condiciones inseguras está relacionado directamente con la mortalidad y la morbilidad materna; el aborto, a nivel mundial, es responsable del 13% de la mortalidad materna que es uno de los indicadores que con mayor fidelidad muestra las diferencias sociales, así como las desigualdades y permite hacer una evaluación de los sistemas sanitarios y la accesibilidad a éstos. Demuestra cómo la desigualdad de género, la regulación de la salud sexual y reproductiva impactan negativamente, principalmente, en las mujeres.

Los países donde las leyes son menos restrictivas con respecto al aborto, la mayoría de los países europeos, tienen menores tasas de mortalidad materna. América Latina es una región con leyes más restrictivas y sus tasas de mortalidad son más elevadas. Los abortos practicados en condiciones inseguras derivan en enfermedades o lesiones en distintos grados: infertilidad, perforaciones uterinas, etc.

El costo de los abortos inseguros para el Estado ha sido investigado por autores como Vlassoff y colaboradores, y en su investigación denominada Economic impact of unsafe abortion-related morbidity and mortality: evidence and estimation challenges (Brighton, Institute of Development Studies, 2008 - IDS Research Reports 59) señalan que: “El 2006 se gastaron $680 millones para tratar graves consecuencias de abortos peligrosos. Asimismo, se precisarán otros $370 millones para satisfacer plenamente las necesidades de tratamiento de complicaciones derivadas de abortos peligrosos.”

Otro dato del mismo estudio indica que: “En las regiones en desarrollo, el tratamiento de complicaciones derivadas de abortos inseguros impone una carga financiera considerable en los sistemas públicos de salud, así como en las mujeres y familias. Según estimaciones para el 2014, el costo anual para prestar atención postaborto en los países en desarrollo fue de 232 millones de dólares. Si todas las mujeres que necesitaban tratamiento lo hubieran recibido, el costo habría sido de 562 millones.”

Los datos compartidos nos muestran una lacerante realidad que los Estados tienen la obligación de modificar, a través de políticas públicas, normativas que permitan el acceso a un aborto seguro y métodos anticonceptivos.

Los cambios en la legislación de los países con respecto a la criminalización del aborto han tenido un impacto positivo significativo en la reducción de la mortalidad y morbilidad materna. En los cuadros siguientes ilustraremos esta información.

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Sin embargo, lograr frenar la mortalidad materna y las enfermedades derivadas de prácticas riesgosas no resultará sólo de un cambio de las normativas vigentes, sino de la ruptura de barreras personales, institucionales, geográficas y todas aquellas que impidan que una mujer pueda acceder, en un sistema de salud público, a una prestación de servicios LEGAL y SEGURA para la interrupción del embarazo. Deshaciéndonos de estos impedimentos, contribuiremos a una maternidad sin riesgos de adquirir alguna enfermedad o morir; por lo tanto, debemos apoyar y promover el control de las mujeres sobre su propia fertilidad. Este trabajo debe ser realizado por hombres y mujeres para promover relaciones sexuales consensuadas y responsables para disminuir la tasa de embarazos no intencionados/no planificados de los que, un gran porcentaje, deriva en la práctica de abortos inseguros o la interrupción de embarazos de acuerdo a las leyes establecidas.

Si una mujer cuenta con los servicios de salud, legales y sociales, y accede a métodos anticonceptivos de forma gratuita acompañados de una educación sexual que le permitan el ejercicio pleno de sus derechos, podrá planificar y decidir sobre el número de hijos/as y el cuándo tener descendencia, fomentando así una maternidad voluntaria.

Finalmente, si analizamos la magnitud del número de abortos que se practica en el mundo entero, el riesgo que representa para la vida y salud de las mujeres, los costos en los que incurren los gobiernos para tratar las complicaciones del postaborto, podríamos concluir y afirmar que: el aborto tiene carácter milenario, por lo tanto seguirá existiendo; y que la legislación restrictiva en la mayoría de los países en vías de desarrollo no ha podido disminuir los abortos en condiciones inseguras. Las mujeres que deciden practicar un aborto en condiciones inseguras, generalmente son mujeres con ingresos económicos limitados, y están al tanto del riesgo que corren sus vidas y su salud, sin embargo estos peligros no las detienen porque su situación de vida, su condición social, económica, etc. prácticamente, las obliga a interrumpir el embarazo. Ninguna mujer debería estar sometida a pasar por tales circunstancias. Las normativas vigentes en contra de la despenalización del aborto no responden a la realidad ni a las necesidades de las mujeres y afectan directamente su libertad, su salud, su vida; estas normativas son un ataque directo a la integridad de las mujeres, especialmente a las mujeres que tienen recursos económicos limitados.

Por lo tanto, la sociedad en su conjunto debe promover la despenalización del aborto para que la mujer que decida interrumpir su embarazo lo realice de forma gratuita dentro de un sistema de salud normalizado con las suficientes condiciones para obtener un procedimiento humanizado, libre de prejuicios y estigmatización con la finalidad de evitar más muertes de mujeres y lograr acceder a información de calidad sobre la Planificación Familiar o Anticoncepción para romper la cadena de embarazos no deseados. La responsabilidad del embarazo no es sólo de la mujer, necesitamos y debemos construir una sociedad con hombres-compañeros, responsables que apoyen con su conducta la disminución de embarazos no planificados y así reducir la necesidad de abortar. No despenalizar el aborto seguirá exponiendo a más y más mujeres, de todas las edades, a una vida llena de miedo, de enfermedades, de abuso o, peor aún, las seguirá condenando a una muerte en condiciones inhumanas.

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